Padres indocumentados con hijos ciudadanos estadounidenses pueden ser elegibles para una residencia legal, pero deben cumplir requisitos como esperar a que el hijo cumpla 21 años, y evaluar si es posible ajustar estatus dentro del país o desde el extranjero. Entradas sin visa o estancias largas pueden activar castigos migratorios. La mejor forma de proteger su familia es consultar con un abogado de inmigración en Austin, Texas.

Petición familiar al cumplir el hijo 21 años
Muchas personas que viven sin estatus legal en Estados Unidos tienen hijos nacidos en este país. Es natural preguntarse si esos hijos pueden “pedir” a sus padres. La respuesta es sí, pero no de inmediato. Solo los ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años pueden presentar una petición familiar (Formulario I-130) para sus padres.
Esta petición es el primer paso en el proceso de residencia, pero no garantiza que el padre o madre pueda quedarse legalmente en el país. Aún se deben cumplir otros requisitos migratorios, como el historial de entrada y presencia en EE. UU., o la existencia de órdenes previas de deportación.
Qué pasa si hubo entradas sin visa
Uno de los obstáculos más comunes para padres indocumentados es haber entrado al país sin inspección, es decir, cruzar la frontera sin pasar por un puerto de entrada legal. En esos casos, la ley no permite el ajuste de estatus desde dentro del país, aunque exista una petición familiar aprobada.
La solución más común en estos casos es salir y acudir a un consulado estadounidense en el país de origen. Sin embargo, esta salida puede activar el castigo por presencia ilegal, que impide regresar durante 3 o 10 años. Para evitarlo, algunas personas pueden pedir un perdón provisional (waiver) si tienen familiares ciudadanos o residentes que sufrirían consecuencias extremas si se separan.
Otra opción viable en ciertos casos es el parole in place, disponible para algunos padres de militares, o haber sido beneficiario de una ley antigua como la 245(i), si alguien les pidió antes del 30 de abril de 2001.
Cuándo aplicar desde dentro vs. fuera del país
Si usted entró con visa y permanece en estatus válido, es posible ajustar estatus desde dentro de EE. UU. sin necesidad de salir al consulado. También es posible si ya fue beneficiario de DACA, TPS, o de un parole humanitario.
Pero si su única entrada fue sin visa y no cuenta con protecciones previas, lo más probable es que deba aplicar desde el extranjero. Este paso debe hacerse con mucho cuidado, ya que una salida mal planificada puede llevar a una separación familiar prolongada.
Por eso, cada caso debe ser evaluado por una firma de abogados de inmigración, con experiencia en analizar el historial migratorio, entradas, salidas y cualquier antecedente migratorio anterior.
Cómo evitar castigos por presencia ilegal
Los castigos de 3 y 10 años se activan si usted estuvo en el país sin estatus por más de 180 días o un año respectivamente y luego sale. Para evitarlos, se puede presentar un waiver I-601A antes de salir, siempre y cuando pueda demostrar que su familiar sufrirá dificultades extremas si usted no regresa.
Un abogado de inmigración cerca del centro de Austin puede ayudarle a determinar si usted califica para este perdón y cómo preparar la evidencia necesaria. Además, podrá acompañarle en el proceso consular, reducir riesgos y evitar errores costosos.
El hecho de tener hijos ciudadanos puede abrir caminos hacia la residencia, pero no es automático ni sencillo. Para proteger a su familia y evitar separaciones, le recomendamos analizar su situación a fondo. Programe una evaluación confidencial de su caso con Lincoln-Goldfinch Law – Abogados de Inmigración. Juntos podemos trazar el camino correcto hacia la estabilidad migratoria.